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viernes, 29 de noviembre de 2013

Segundo libro de Constitucionalismo Crítico: “Derechos Humanos y constitucionalismo crítico”

Estimados todos, en Constitucionalismo Crítico estamos muy contentos, pues acabamos de terminar nuestra segunda obra: “Derechos Humanos y constitucionalismo crítico”. La obra –que ya fue remitida para su revisión final– seguramente aparecerá impresa en algunos meses; no obstante, desde ahora me animo a compartir esta buena nueva, con el afán de generar algunas expectativas positivas.

Creo que esta obra refleja bien algunas de nuestras inquietudes como grupo y esperamos, no solo que sea un aporte a las discusiones teóricas sobre el fundamento de los derechos, su protección y nuestras responsabilidades y deberes fundamentales, sino que ayude inclusive –pese a nuestras varias limitaciones– a la construcción de una base teórica de mayor envergadura, que suministre razones e instrumentos para enfrentar discursos y estructuras injustos y excluyentes.

Señalado esto, a modo de adelanto (y con tintes de infidencia), les dejo con el índice y un breve extracto de la presentación, que alude muy brevemente al contenido de los trabajos:

ÍNDICE

Presentación

I. Revisando algunas ideas acerca de la fundamentación de los derechos

Reflexiones acerca del sentido y las estrategias de fundamentación de los derechos humanos
Úrsula Indacochea Prevost

Crítica a la dignidad humana y la noción de “necesidades básicas” como un posible mejor fundamento para los derechos
Juan Manuel Sosa Sacio

II. Complementando el discurso de los derechos: sobre deberes y responsabilidades

Nuestras responsabilidades con los demás
Felipe Johan León Florián

Los deberes constitucionales: elementos para una teoría general
Jose Miguel Rojas Bernal

III. Reexaminando el papel del juez ante los derechos

Derechos fundamentales y superación de situaciones de vulnerabilidad: contribuciones desde la adjudicación para la reforma estructural
Andrea Lostaunau Barbieri

Hacia una concepción de la labor del juez constitucional
Maribel Málaga Alaluna


Acá un extracto de la Presentación:
"[E]n “Constitucionalismo Crítico” somos conscientes de que la discusión constitucional no se puede limitar al análisis académico de los temas en debate sino que debe atreverse a evidenciar los problemas sociales y políticos, y hacerse cargo de esos conflictos (…)
[L]a perspectiva hasta aquí esbozada no es gratuita, nos permite dar cuenta de la preocupación de los ensayos que ahora publicamos así como de la común línea temática que ellos comparten.  Así, en el primer apartado, que hemos denominado “Revisando ideas sobre la fundamentación de los derechos”, reunimos los trabajos de nuestros compañeros Úrsula Indacochea Prevost y Juan Manuel Sosa Sacio, en el primero de los cuales, titulado “Reflexiones acerca del sentido y las estrategias de fundamentación de los derechos humanos”, la autora se propone aclarar qué es lo que se busca cuando se emprende la tarea de fundamentar un derecho, así como esbozar un mapa de posibles estrategias de fundamentación de los derechos humanos. Mientras que, en el segundo trabajo, titulado “Crítica a la dignidad humana y la noción de ‘necesidades básicas’ como un posible mejor fundamento para los derechos”, el autor fundamenta la tesis de las ventajas de este último concepto en relación a la equivocidad del concepto de dignidad humana.
En la segunda parte de la obra, cuya denominación es “Complementando el discurso de los derechos: sobre deberes y responsabilidades”, se recogen los trabajos de nuestros compañeros Johan León Florián, titulado “Nuestras responsabilidades con los demás”, y Jose Miguel Rojas Bernal, sobre “Los deberes constitucionales: elementos para una teoría general”. En el primer ensayo, el autor desarrolla la tesis de que es posible fundamentar nuestra responsabilidad, como agentes individuales, frente a situaciones de privación de las poblaciones más desfavorecidas, siguiendo a tal efecto el hilo de la adjudicación moral de Nino y Rawls, y el modelo de conexión social de Young, para desagregar a partir de allí las obligaciones que, como agentes individuales, tendríamos frente a los demás, en el marco del ideal de una sociedad justa y bien ordenada; mientras que en el segundo de los trabajos, el autor nos propone una revisión crítica del lenguaje de los derechos, la cual nos sugiere complementar con un adecuado y proporcionado reparto de deberes constitucionales, proponiendo al mismo tiempo un esquema teórico para su aplicación judicial.
Finalmente, en la última parte del libro, que hemos denominado “El papel del juez ante los derechos”, se incluyen los trabajos de nuestras compañeras Andrea Lostaunau Barbieri, cuyo título es “Derechos fundamentales y superación de situaciones de vulnerabilidad: contribuciones desde la adjudicación para la reforma estructural”, ensayo que nos propone una interesante lectura sobre la protección de los derechos a través de las estrategias y mecanismos judiciales a partir del enfoque de la vulnerabilidad; y asimismo, el trabajo de nuestra compañera Maribel Málaga Alaluna, denominado “Hacia una concepción de la labor del juez constitucional”, en el que se afirma y sustenta la tesis de la justicia constitucional como creadora de derecho judicial en el marco de la protección de los derechos humanos."

Bonus:
El primer libro de Constitucionalismo Crítico fue “Diccionario de Derecho Constitucional contemporáneo”. Si es de su interés, pueden adquirirlo en la librería Communitas y acá pueden revisar su índice.



domingo, 24 de noviembre de 2013

El Primer Encuentro de Jóvenes Constitucionalistas

El viernes 15 de noviembre se realizó el Primer Encuentro de Jóvenes Constitucionalistas (IEJC), organizado por la Asociación Peruana de Derecho Constitucional (APDC). En Constitucionalismo Crítico seguimos con interés el desarrollo de este evento, desde que nos invitaron a participar, a inicios de agosto.

Según el formato planteado, la idea del Encuentro era conversar sobre algunos contenidos de la Constitución de 1993 –con ocasión de sus 20 años de vigencia– en los que hubiésemos trabajado. La amplitud  de la temática tenía como finalidad que los invitados contemos con un amplio margen para decidir nuestras presentaciones; aunque ello, en parte, limitaba también la posibilidad de abordar temas algo más teóricos, no necesariamente vinculados a contenidos o problemas relacionados con nuestra Norma Fundamental. Lo cierto es que, finalmente, la propuesta funcionó muy bien y pudieron abordarse diversos asuntos de interés.

Sobre la denominación “jóvenes constitucionalistas”, la APDC, con ánimo de fortalecer la academia e incluso pensando en un futuro recambio generacional, consideró valioso que estudiantes y profesionales “jóvenes” dedicados al Derecho Constitucional puedan dialogar entre sí y partió de una concepción etaria de juventud, agrupando a personas de entre 20 a 40 años. Si bien se usó un criterio inicialmente etario, tanto la dinámica del Encuentro como los temas tratados revelaron que la juventud de los participantes no solo implicaba menos edad, sino también nuevos temas e incluso una particular sensibilidad.

Por ejemplo, una de las principales cosas que llamó mi atención es que en el Encuentro no se presentaron exposiciones sobre Derecho Procesal Constitucional, que era una de las posibilidades que se plantearon inicialmente. Este dato es relevante pues, como se sabe, gran parte de la producción académica de los miembros de la APDC ha girado en torno a temas procesales constitucionales. Si bien muchos de los participantes dominan materias de Derecho Procesal Constitucional –como me consta–, el contenido final del IEJC y la calidad de las presentaciones me han parecido sintomáticos de un cambio de orientación sobre lo que (también) significa hacer Derecho Constitucional hoy. Es más, no solo se trataron temas sustantivos, sino que estos y los enfoques empleados fueron novedosos y reveladores de nuevos vientos en nuestra materia. Para muestra, mencionemos el contenido de las mesas de trabajo.

La primera mesa, que presidió Ernesto Blume, actual Presidente de APDC, se denominó “Derechos fundamentales I”, estuvo dedicada al tratamiento de asuntos generales de la teoría de los derechos y a algunos derechos específicos. En esta mesa participamos Úrsula Indacochea, Ana Neyra y yo como integrantes de Constitucionalismo Crítico. Por tratarse un contenido que está al inicio de la Constitución, me tocó realizar la primera intervención que versó sobre la dignidad humana; expliqué las cuatro concepciones canónicas existentes sobre dignidad y explicité las posiciones protegidas que esta tendría si la entendemos como derecho. Seguidamente expuso Úrsula Indacochea, que presentó una propuesta para diferenciar los (tantas veces confundidos) conceptos de proporcionalidad y razonabilidad, útiles para resolver los conflictos iusfundamentales; luego Carin Huancahuari habló sobre el derecho de acceso a la información, presentándonos diversos problemas que se evidencian al intentar ejercerlo; Ana Neyra expuso sobre los derechos políticos constitucionales, aludiendo especialmente a uno vinculado con la democracia directa (y que actualmente está en la vitrina): el derecho de revocatoria; finalmente Cinthya Vila explicó –utilizando instrumentos de la Ciencia Política– cómo las diversas modificaciones constitucionales y legislativas de nuestro sistema electoral han terminado haciéndolo menos proporcional.

La siguiente mesa estuvo íntegramente dedicada a los derechos sociales. Esta estuvo presidida por la profesora Susana Casteñeda y Johan León fue el miembro de Constitucionalismo Crítico allí presente. La primera exposición estuvo a cargo de Paola Ordoñez, que expuso sobre el derecho a la educación intercultural bilingüe, y nos explicó su problemática y contenido protegido; Heber Joel  Campos trató sobre la exigibilidad de los derechos sociales y, en especial, arremetió contra algunos argumentos que insisten en la separación entre derechos civiles y sociales; Johan León expuso sobre “nuestra responsabilidad con los otros”, brindando fundamentos sólidos para considerar que los derechos sociales tienen eficacia directa frente a particulares; finalmente, Mario Chávez insistió en la exigencia de los derechos sociales, indicando que esta puede manifestarse de diferente modo: algunos derechos sociales tienen eficacia directa (funcionan como libertades) y otros que requieren un compromiso diferente, institucional, por parte del Estado (como la dación de leyes y políticas públicas).

La tercera mesa, dirigida por el profesor Luis Sáenz, estuvo referida al Derecho Constitucional Económico; allí expusieron Christian Donayre, que trató el derecho de propiedad, atendiendo a su regulación constitucional y lo señalado por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional; Alberto Cruces expuso sobre la compleja noción de Economía Social de Mercado, explicando sus orígenes y significado, precisando además que se trata de un término político antes que de un modelo económico; por último, Patricio Ato problematizó el llamado “principio de subsidiariedad” y el rol del Estado en la economía.

En la cuarta mesa trató sobre diversidad cultural y derechos de las comunidades. Al respecto, Vanessa Tassara formuló una interpretación en clave liberal –respetuosa de los derechos fundamentales– del artículo 149 de la Constitución (sobre justicia comunal); Nadia Iriarte nos habló de las peculiaridades del derecho a la tierra o territorio de las comunidades; Flavio Reátegui sobre el derecho a la identidad étnica, en especial, atendiendo al proceso de elaboración de la base de datos oficial de pueblos indígenas; finalmente, Janeyri  Boyer compartió experiencias interesantes referidas al ejercicio de los derechos políticos de las comunidades indígenas en México. Por cierto, tanto esta mesa como la siguiente fueron dirigidas por el profesor Eloy Espinosa-Saldaña.

En la mesa final, Elena Alvites expuso sobre el proceso de descentralización, presentando sus principales avances, problemas y retos a enfrentar; Víctorhugo Montoya desarrolló diversas e interesantes cuestiones relacionadas con la eficacia de la Constitución; Edward Dyer y César Higa, criticando cierto discurso “formalista” que fue presentado para defender la reciente la elección de magistrados del Tribunal Constitucional por parte del Congreso, presentaron un método “sustantivista” para resolver o interpretar adecuadamente casos; por último, Reynaldo López realizó algunas propuestas para restringir el acceso al cargo de congresista.

Como pueden ver: hubo diversidad de temas y todos estos fueron sustantivos. Igualmente, las intervenciones mostraron un buen nivel y ayudaron a precisar las perspectivas expuestas.

Además de lo anotado, vale la pena destacar también el impulso que desde antes del evento y durante todo él, le dieron los profesores Luis Sáenz y especialmente Eloy Espinosa-Saldaña, que permitieron que el IEJC fuera posible y quedara estupendamente organizado. Una mención especial merece, asimismo, el profesor Blume, que estuvo todo el día y escuchó prácticamente todas las exposiciones (lo que, si bien enriquecedor, fue también muy agotador: duró de 9:00 a.m. a 9:30 p.m).

El evento, que contó con las palabras de bienvenida del profesor Eloy Espinosa-Saldaña y fue inaugurado por el profesor Ernesto Blume, cerró con algunas intervenciones finales sugeridas por la APDC: una primera, a cargo de Christian Donayre, que representó bien el sentir de quienes participamos en calidad de jóvenes; otra de Ernesto Blume, como Presidente de la APDC; quedando las palabras de clausura para el profesor Domingo García, Presidente Honorario de la APDC, que asistió pese a sus problemas de salud (estaba con una grave afonía).

En su intervención, el profesor García Belaunde hizo algunas referencias que, si bien las hemos escuchado antes, siguen siendo absolutamente entrañables: por ejemplo, la anécdota del “me siento complacido y, complacido, me siento”; sus inicios en la enseñanza del Derecho Constitucional en época de dictadura; o su inicial sensación de soledad académica y cómo ahora, también gracias a nosotros, “jóvenes constitucionalistas”, se siente más acompañado en los caminos del Derecho Constitucional.

Ahora, tal vez nuestros constitucionalismos (el suyo y el de los jóvenes constitucionalistas) no sean del todo homologables, como quizá el propio García Belaunde puede haber sentido respecto a los constitucionalismos de Ferrero Reblagiati, Herrera Paulsen o Pareja Paz-Soldán (que es lo que entiendo de sus palabras). Sin embargo, es completamente cierto –y este auspicioso Encuentro así lo demuestra– que no estamos solos, lo cual es muy estimulante y prometedor. Siendo así, es evidente que para los constitucionalistas jóvenes los retos no van por el lado de la falta de compañía. Más bien, podemos ver un reto interesante en cómo hacer para que nuestras compañías se conviertan en fuerza y afrontar así los retos del constitucionalismo contemporáneo.

Bonus